Segundo Curso Avanzado sobre Obesidad - page 162

162|Esperanza Torija
contenido de gasas saturas, sin grasas saturadas, bajo contenido de azúcares, sin
azúcares, sin azúcares añadidos (Tabla 2).
Tabla 2.
Declaraciones sobre alimentos. Reglamento (CE) nº 1924/2006.
Para ser considerados como tales alimentos ligeros y refiriéndonos en
concreto a aquellos productos en los que la energía está disminuida, la reducción
del valor energético debe ser como mínimo de un 30% respecto al producto de
referencia. En ningún caso deberá aparecer publicidad engañosa ni emplear el
calificativo de adelgazante o de régimen. No obstante el interés de los alimentos
ligeros, debido a que están perfectamente logrados, quienes los consumen pueden
llegar a hacerlo de forma excesiva, consiguiendo el efecto contrario al que buscan,
esto es, llegando a ingerir un exceso de calorías.
En la preparación industrial de estos alimentos se van incorporando
productos tales como los sustitutos grasos y nuevos edulcorantes.
Las materias grasas aportan palatabilidad, color, textura y apariencia, a
muchos de nuestros alimentos habituales, por lo que un alimento sin grasas, o al
cual se le ha extraído la grasa, no tiene el mismo sabor y la apariencia que el mismo
producto con su materia grasa. En este caso tienen importancia los sustitutos
grasos que, además, de la ventaja tecnológica proporcionan menos las calorías
cuando se consumen. Estos productos son motivo de numerosos trabajos de
Tabla 2.- DECLARACIONES SOBRE ALIMENTOS
Reglamento (CE) Nº 1924/2006
Especificaciones básicas
Otras especificaciones
Bajo valor
energético
< 40 kcal (170 kJ)/100 g
Sólidos
< 20 kcal (80 kJ)/100 mL
Líquidos
Edulcorantes
< 4 kcal (17 kJ) por porción
(equivalentes a 6 g de sacarosa)
Valor
energético
reducido
Como mínimo, reducción
del 30 %
Indicación de la característica o
características que provocan la
reducción del valor energético total del
alimento
Sin aporte
energético
< 4 kcal/100 mL
Edulcorantes
< 0,4 kcal (17 kJ) por porción
(equivalentes a 6 g de sacarosa)
Bajo contenido
de azúcares
< 5 g/100 g Sólidos
< 2,5 g/100 mL Líquidos
Sin azúcares
< 0,5 g por 100 g o 100
mL
Sin azúcares
añadidos
No se han añadido
monosacáridos,
disacáridos, ni alimentos
con propiedades
edulcorantes
Si existen azúcares en los alimentos, en
el etiquetado deberá figurar asimismo la
siguiente indicación: «CONTIENE
AZÚCARES NATURALMENTE
PRESENTES»
1...,152,153,154,155,156,157,158,159,160,161 163,164,165,166,167,168,169,170,171,172,...528
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