Segundo Curso Avanzado sobre Obesidad - page 160

160|Esperanza Torija
Aunque lo citemos al final, la base de muchas de las consideraciones
actuales sobre nuevos alimentos parte del Reglamento (CE) Nº 258/97 DEL
PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de enero de 1997 sobre nuevos
alimentos y nuevos ingredientes alimentarios. A partir de él se van aprobando y
tomando decisiones sobre nuevos alimentos y nuevos ingredientes alimentarios
que aparecen publicadas para su uso, de las cuales veremos algún ejemplo.
Más adelante haremos referencia a casos concretos descritos en estos
Reglamentos. To
nes se pueden consultar en la página
web de AECOSAN
.
Complem
En el caso de dietas en que la reducción de la ingesta sea muy elevada,
siempre bajo la orientación y el consejo médico, y en que se pueda producir un
bajo aporte de vitaminas y minerales, puede recurrirse al aporte de los mismos a
través de suplementos o complementos alimenticios. Bello (2003) recoge el
concepto de suplementos alimenticios, que fueron definidos como tal por la FDA
en 1994. Son “Sustancias incorporadas a un alimento para incrementar la ingesta
diaria de vitaminas, minerales, aminoácidos, etc., y prevista para ser tomado bajo
la forma de píldoras, cápsulas, pastillas o líquido, pero nunca como un alimento
convencional o como un único producto alimenticio dentro de una comida”. Se
comercializan como “barritas”, formas líquidas o píldoras, que suelen ser fuentes
concentradas de algún componente puro, como vitaminas o fitonutrientes. No
obstante, a veces, un consumo excesivo de estos suplementos puros puede
implicar alteraciones en su absorción intestinal o provocar interferencias con la
absorción de otros nutrientes.
La Directiva básica sobre complementos alimenticios es la Directiva
2002/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de junio de 2002
Relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia
de complementos alimenticios.
El Real Decreto 1275/2003, de 10 de octubre, relativo a los complementos
alimenticios, incorporó al ordenamiento jurídico interno la Directiva 2002/46/CE
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de junio de 2002, ya mencionada.
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