Page 118 - Anales RADE vol I n 1
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seguridad, el Desarrollo, el Bienestar, la Solidaridad, la Tolerancia -, es decir, qué
manera la Educación ha estado presente o no, y con qué resultados, es otra cues-
tión. A nivel mundial, la UNESCO viene a representar un buen termómetro, con los
altibajos propios. A nivel occidental el Tratado de Maastricht de 1992 incorpora
explícitamente una superación de lo económico, en los artículos – entre otros – el
126 y 127 del Tratado. Constituyó lo que hemos llamado, por su impacto, un “Nue-
vo Derecho a la Educación”. Discurso de recepción académica en la Real de Docto-
res, contestada por el también académico Fraga Iribarne (Madrid, 1995). Hago re-
misión a este trabajo, en ese nuevo horizonte, o si se quiere, en esas “autopistas
educativas” que facilitando el acceso a todos a la educación, nos ofrezcan una ense-
ñanza de calidad. Sería tanto como pretender educar mejor, para producir mejor –
desde luego – pero sobre todo para poder obtener más Libertad y una Justicia, más
Paz, más Bienestar. Esto en cuanto a los derechos, que afectasen al hombre como
titular o ejerciente de derechos.
4. LOS DEBERES EN EL ACERVO JURImDICO
La otra cara de la moneda no está sólo en el lado “positivo” o “activo”, de
“mis derechos” o “tus derechos”. Está o debiera estar también en aquel otro, del que
tan poco se habla de los “deberes”, “mis deberes”, “tus deberes”, “nuestros deberes”. Y
aquí es donde alcanza toda su dimensión, el papel, o el rol de la educación. No se
trata de desplazar el problema. Hay dos aspectos – entre otros – que vamos a ano-
tar o a subrayar aquí, porque cualquiera de ellos ofrece un gran campo para la re-
flexión.
El primero de ellos se refiere, con un carácter general a la elevación del ni-
vel cultural, y dentro de él, el educativo, a partir de los primeros años de cada per-
sona, en la extensión más amplia de la sociedad, para el logro de una formación
integral. Hay otro interrogante en la obra citada de De Cardedal (pág. 17):
“¿Qué pasaría si en un momento histórico quedara cuestionada esta imagen
tradicional del hombre verdadero, bien porque irrumpen en el horizonte otras
culturas desconocidas y extrañas, o bien porque los propios interesados pier-
den la confianza en su verdad o en su eficacia? La vida moral, ¿podría seguir
siendo la que había sido hasta el presente? La ruptura de esa comprensión an-
tropológica ¿no significaría un derrumbamiento de lo que hasta ahora habían
sido sus fundamentos?”
El mundo de lo jurídico, quiérase o no, y con el grado pertinente, es un mun-
do moral. En toda la radiografía que se proyecta en la nueva conciencia hay un as-
pecto eminentemente ético. Y aunque se hable de una desertización moral, siempre
habrá que buscar una raíz ética, aunque la “respuesta” jurídica habrá de ser, quizá,
difícil, o problemática. Pero siempre existirá, o habrá de procurarse su logro. Un
caso singular que denota esta situación peculiar de nuestro tiempo ha sido, el su-
cedido norteamericano, de una joven de 19 años, en coma, violada, luego embara-
zada, y con “respuestas” ejemplares – en este caso de la familia – para atender al
ser que nace a la vida. Lo que engrandece, como respuesta ética y moral, o como
deber moral, y de alguna manera con efectos jurídicos, ha sido esa aceptación por la
familia de la joven violada de la nueva vida – impidiendo el aborto u otra medida
Jesús López Medel|118
manera la Educación ha estado presente o no, y con qué resultados, es otra cues-
tión. A nivel mundial, la UNESCO viene a representar un buen termómetro, con los
altibajos propios. A nivel occidental el Tratado de Maastricht de 1992 incorpora
explícitamente una superación de lo económico, en los artículos – entre otros – el
126 y 127 del Tratado. Constituyó lo que hemos llamado, por su impacto, un “Nue-
vo Derecho a la Educación”. Discurso de recepción académica en la Real de Docto-
res, contestada por el también académico Fraga Iribarne (Madrid, 1995). Hago re-
misión a este trabajo, en ese nuevo horizonte, o si se quiere, en esas “autopistas
educativas” que facilitando el acceso a todos a la educación, nos ofrezcan una ense-
ñanza de calidad. Sería tanto como pretender educar mejor, para producir mejor –
desde luego – pero sobre todo para poder obtener más Libertad y una Justicia, más
Paz, más Bienestar. Esto en cuanto a los derechos, que afectasen al hombre como
titular o ejerciente de derechos.
4. LOS DEBERES EN EL ACERVO JURImDICO
La otra cara de la moneda no está sólo en el lado “positivo” o “activo”, de
“mis derechos” o “tus derechos”. Está o debiera estar también en aquel otro, del que
tan poco se habla de los “deberes”, “mis deberes”, “tus deberes”, “nuestros deberes”. Y
aquí es donde alcanza toda su dimensión, el papel, o el rol de la educación. No se
trata de desplazar el problema. Hay dos aspectos – entre otros – que vamos a ano-
tar o a subrayar aquí, porque cualquiera de ellos ofrece un gran campo para la re-
flexión.
El primero de ellos se refiere, con un carácter general a la elevación del ni-
vel cultural, y dentro de él, el educativo, a partir de los primeros años de cada per-
sona, en la extensión más amplia de la sociedad, para el logro de una formación
integral. Hay otro interrogante en la obra citada de De Cardedal (pág. 17):
“¿Qué pasaría si en un momento histórico quedara cuestionada esta imagen
tradicional del hombre verdadero, bien porque irrumpen en el horizonte otras
culturas desconocidas y extrañas, o bien porque los propios interesados pier-
den la confianza en su verdad o en su eficacia? La vida moral, ¿podría seguir
siendo la que había sido hasta el presente? La ruptura de esa comprensión an-
tropológica ¿no significaría un derrumbamiento de lo que hasta ahora habían
sido sus fundamentos?”
El mundo de lo jurídico, quiérase o no, y con el grado pertinente, es un mun-
do moral. En toda la radiografía que se proyecta en la nueva conciencia hay un as-
pecto eminentemente ético. Y aunque se hable de una desertización moral, siempre
habrá que buscar una raíz ética, aunque la “respuesta” jurídica habrá de ser, quizá,
difícil, o problemática. Pero siempre existirá, o habrá de procurarse su logro. Un
caso singular que denota esta situación peculiar de nuestro tiempo ha sido, el su-
cedido norteamericano, de una joven de 19 años, en coma, violada, luego embara-
zada, y con “respuestas” ejemplares – en este caso de la familia – para atender al
ser que nace a la vida. Lo que engrandece, como respuesta ética y moral, o como
deber moral, y de alguna manera con efectos jurídicos, ha sido esa aceptación por la
familia de la joven violada de la nueva vida – impidiendo el aborto u otra medida
Jesús López Medel|118