J.M. RiberaCasado
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arquitectura, regulación del tráfico, etc. Se legisla con frecuencia bordeando la frontera
de algunos derechos; entre ellos los laborales, dentro de los cuales algunas formas de
jubilación forzosa centradas en la edad podrían ser un buen prototipo. No se potencian
estudios específicos. Se excluye o limita su participación en la política o en aspectos
relativos a la gestión común de la vida pública. Se cortan o cuestionan los recursos
sociales necesarios como pone en evidencia lo que está pasando con la Ley de
Dependencia y con otras formas de limitación de derechos sociales. Se aplica un
lenguaje sectario cargado de connotaciones negativas para denominar al colectivo. No
hay más que analizar la utilización como insulto de las palabras viejo o anciano. Una
gerontofobia social de la que dan testimonio abundante losmedios de comunicación a la
hora de tratar por la vía del ridículo o del chiste fácil numerosas imágenes del viejo.
En el plano sanitario la Ley General de Salud Pública (33/2011, 4 de octubre)
sienta las bases para que la población española “alcance ymantenga el mayor nivel de
salud posible a través de políticas, programas, servicios y actuaciones desarrolladas por
los poderes públicos, empresas y organizaciones ciudadanas”. En ella se habla de
prevención y de promover la salud de las personas en la esfera individual y colectiva.
Quiero destacar que esta ley, como ocurre con laLeyGeneral de Sanidad de 1986, pone
énfasis en el derecho a la igualdad. El artículo 6 establece que “todas las personas tienen
derecho a que las actuaciones de salud pública se realicen en condiciones de igualdad
sin que pueda producirse discriminación por razón de nacimiento, origen racial o étnico,
sexo, religión, convicción u opinión, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual,
enfermedad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.
Sin embargo, las evidencias de discriminación son también abundantes en este
campo e inundan las publicaciones científicas de las más variadas especialidades
médicas. Como ejemplo basta repasar algunas áreas específicas como la cardiovascular
o la oncológica. En ambas la evidencia demuestra que el grado de cumplimiento de
protocolos y guías de actuación establecidos por las sociedades científicas
correspondientes ante determinadas enfermedades o síndromes se cumplen en tanta
menor medida cuanto mayor es la edad del colectivo analizado. Esto afecta a la
profundidad de los estudios llevados a cabo en el anciano enfermo para sentar las bases
del diagnóstico en toda su complejidad, pero afecta, sobre todo, a los protocolos
terapéuticos, ante los cuales es muy frecuente aplicar una manga extraordinariamente
ancha que permite, con el argumento de la edad, excluir de manera discrecional o en
base a criterios nomédicos opciones que no se hubieran ni siquiera discutido en losmás
jóvenes.
Situaciones de este tipo es posible encontrarlas igualmente en cualquier otra
especialidad médica o quirúrgica que incluya pacientes de edad avanzada y son
denunciadas periódicamente en las revistas más serias de la especialidad de turno. La
cardiología o la oncología no pasan de sermeros ejemplos que he tenido la oportunidad
de estudiarmás directamente.