Page 36 - Balneario Villa de Olmedo
P. 36
1.
INTRODUCCIÓN
En
el
año
1853
se
publica
la
segunda
edición
del
“Novísimo
manual
de
Hidrología
médica
española
ó
sea
Tratado
completo
de
los
baños
de
agua
dulce,
minerales,
de
mar,
hidropáticos,
y
los
llamados
compuestos”
escrito
por
D.
José
Pérez
de
la
Flor
y
D.
Manuel
González
de
Jonte,
y
en
él
ya
se
comenta
que:
“…la
costumbre
de
bañarse,
ó
sea
la
inmersión
y
permanencia
del
cuerpo
en
el
agua,
es
tan
antigua
y
natural
que
debe
suponerse
que
nació
con
el
hombre”.
Se
dice,
así
mismo,
lo
siguiente:
“…La
España,
por
más
que
algunos
quieran
colocarla
y
presentarla
en
un
estado
de
atraso
considerable,
no
cede
en
nada
á
las
demás
naciones
respecto
al
uso
de
los
baños…
Así
vemos
que
en
la
actualidad
se
ha
convertido
en
una
necesidad
casi
imprescindible,
no
solo
por
la
moda,
que
en
todo
ejerce
su
poderoso
influjo,
sino
tambien
porque,
gracias
á
los
adelantos
de
las
ciencias
naturales…”
“…
El
agua
es
tal
vez
el
principal
remedio
general
que
se
conoce;
y
debemos
admitir
este
principio
sin
ningún
género
de
duda…”,
o,
“…que
un
baño
dado
á
tiempo,
en
la
temperatura
conveniente
y
con
las
precauciones
necesarias
evita
á
veces
una
enfermedad
grave…”
(1).
Estas
frases
están
hoy
de
total
actualidad,
aunque
sabemos
que
la
utilización
de
las
aguas
como
remedio
salutífero
es
remota
y
se
ha
mantenido
a
lo
largo
del
tiempo
y,
aunque
esto
no
sea
prueba
suficiente
de
su
eficacia,
sí
es
cierto
que
la
utilización
repetida
de
un
agente
terapéutico
le
confiere
un
valor
importante
que
justifica
el
que
se
deba
tener
en
consideración.
Se
puede
considerar
como
un
proceder
terapéutico
tan
antiguo
como
el
hombre
(2).
Por
otro
lado,
el
balneario
como
establecimiento
surge
en
España
en
el
siglo
XIX
aunque
existieron
antecedentes
aislados
incluso
en
el
siglo
XVII.
Es
de
sobras
conocido
que
el
balneario
es
tal
cuando
el
agua
se
emplea
bajo
el
control
de
un
facultativo,
pero
es
imprescindible
que
dicha
agua
tenga
determinadas
características
en
función
de
los
usos
a
los
que
vaya
destinada
(3).
Las
aguas
mineromedicinales
utilizadas
en
los
balnearios
constituyeron
un
elemento
terapéutico
de
primer
orden
hasta
el
primer
tercio
del
siglo
XX,
y
numerosos
pacientes
buscaba
en
estos
centros
un
remedio
para
sus
dolencias;
actualmente
cada
vez
más
personas
acuden
a
dichos
balnearios
con
el
fin
de
conseguir
una
mejora
ante
diferentes
problemas
de
salud
física
y/o
espiritual.
Debemos
recordar
que
se
consideran
aguas
mineromedicinales
aquellas
que,
por
sus
especiales
características,
se
ha
acreditado
oficialmente
como
agente
terapéutico
y
ha
sido
declarada
de
utilidad
pública
por
los
organismos
pertinentes
(2)
O,
según
Maraver
(2003)
(4)
son
aquellas
soluciones
difícilmente
reproducibles
artificialmente,
dotadas
de
peculiaridades
propias
sobre
el
organismo
humano
sano
o
3
4|
Estudio
de
las
características
físico-‐químicas
de
las
aguas
INTRODUCCIÓN
En
el
año
1853
se
publica
la
segunda
edición
del
“Novísimo
manual
de
Hidrología
médica
española
ó
sea
Tratado
completo
de
los
baños
de
agua
dulce,
minerales,
de
mar,
hidropáticos,
y
los
llamados
compuestos”
escrito
por
D.
José
Pérez
de
la
Flor
y
D.
Manuel
González
de
Jonte,
y
en
él
ya
se
comenta
que:
“…la
costumbre
de
bañarse,
ó
sea
la
inmersión
y
permanencia
del
cuerpo
en
el
agua,
es
tan
antigua
y
natural
que
debe
suponerse
que
nació
con
el
hombre”.
Se
dice,
así
mismo,
lo
siguiente:
“…La
España,
por
más
que
algunos
quieran
colocarla
y
presentarla
en
un
estado
de
atraso
considerable,
no
cede
en
nada
á
las
demás
naciones
respecto
al
uso
de
los
baños…
Así
vemos
que
en
la
actualidad
se
ha
convertido
en
una
necesidad
casi
imprescindible,
no
solo
por
la
moda,
que
en
todo
ejerce
su
poderoso
influjo,
sino
tambien
porque,
gracias
á
los
adelantos
de
las
ciencias
naturales…”
“…
El
agua
es
tal
vez
el
principal
remedio
general
que
se
conoce;
y
debemos
admitir
este
principio
sin
ningún
género
de
duda…”,
o,
“…que
un
baño
dado
á
tiempo,
en
la
temperatura
conveniente
y
con
las
precauciones
necesarias
evita
á
veces
una
enfermedad
grave…”
(1).
Estas
frases
están
hoy
de
total
actualidad,
aunque
sabemos
que
la
utilización
de
las
aguas
como
remedio
salutífero
es
remota
y
se
ha
mantenido
a
lo
largo
del
tiempo
y,
aunque
esto
no
sea
prueba
suficiente
de
su
eficacia,
sí
es
cierto
que
la
utilización
repetida
de
un
agente
terapéutico
le
confiere
un
valor
importante
que
justifica
el
que
se
deba
tener
en
consideración.
Se
puede
considerar
como
un
proceder
terapéutico
tan
antiguo
como
el
hombre
(2).
Por
otro
lado,
el
balneario
como
establecimiento
surge
en
España
en
el
siglo
XIX
aunque
existieron
antecedentes
aislados
incluso
en
el
siglo
XVII.
Es
de
sobras
conocido
que
el
balneario
es
tal
cuando
el
agua
se
emplea
bajo
el
control
de
un
facultativo,
pero
es
imprescindible
que
dicha
agua
tenga
determinadas
características
en
función
de
los
usos
a
los
que
vaya
destinada
(3).
Las
aguas
mineromedicinales
utilizadas
en
los
balnearios
constituyeron
un
elemento
terapéutico
de
primer
orden
hasta
el
primer
tercio
del
siglo
XX,
y
numerosos
pacientes
buscaba
en
estos
centros
un
remedio
para
sus
dolencias;
actualmente
cada
vez
más
personas
acuden
a
dichos
balnearios
con
el
fin
de
conseguir
una
mejora
ante
diferentes
problemas
de
salud
física
y/o
espiritual.
Debemos
recordar
que
se
consideran
aguas
mineromedicinales
aquellas
que,
por
sus
especiales
características,
se
ha
acreditado
oficialmente
como
agente
terapéutico
y
ha
sido
declarada
de
utilidad
pública
por
los
organismos
pertinentes
(2)
O,
según
Maraver
(2003)
(4)
son
aquellas
soluciones
difícilmente
reproducibles
artificialmente,
dotadas
de
peculiaridades
propias
sobre
el
organismo
humano
sano
o
3
4|
Estudio
de
las
características
físico-‐químicas
de
las
aguas